Todo sobre la factura electrónica obligatoria en RD (mayo 2026)
La facturación electrónica es obligatoria en RD según la Ley 32-23. Te explicamos qué necesitas, cuándo aplica, qué es la firma digital y cómo cumplir.
La Ley 32-23 de Facturación Electrónica establece que todas las personas físicas y jurídicas en República Dominicana deben migrar a la factura electrónica (e-CF). El calendario de la DGII ya está en marcha, y la próxima fecha clave es el 15 de mayo de 2026.
¿Qué es la factura electrónica (e-CF)?
La factura electrónica — llamada oficialmente e-CF (Comprobante Fiscal Electrónico) — es el formato digital que reemplaza a los comprobantes fiscales impresos (NCF).
- Regulada por la Ley 32-23, promulgada el 16 de mayo de 2023.
- Art. 8: Toda factura electrónica debe cumplir con el formato estándar de la DGII.
- Art. 7: Debe firmarse con un Certificado Digital vigente y enviarse electrónicamente a la DGII.
¿Cuándo es obligatoria?
La Ley 32-23, Art. 37, establece un calendario de implementación por tipo de contribuyente. La DGII ha publicado las fechas de obligatoriedad por grupos.
Fecha clave próxima: 15 de mayo de 2026 — para los contribuyentes del grupo correspondiente según el calendario DGII.
Si tu empresa ya tiene RNC y emite NCF, revisa en la Oficina Virtual de la DGII si tu grupo ya fue notificado.
¿Qué necesitas para cumplir?
Para facturar electrónicamente necesitas:
- Firma digital (Certificado Digital) — es el requisito principal. Sin firma digital, no puedes firmar e-CF.
- Software de facturación electrónica — un sistema que genere el formato e-CF y lo envíe a la DGII.
- RNC activo y Oficina Virtual habilitada — para gestionar los comprobantes.
¿Qué es la firma digital?
La firma digital es un Certificado Digital emitido por proveedores certificados por la DGII. Es el equivalente digital de tu firma manuscrita — le da validez legal a tus facturas electrónicas.
- Se obtiene a través de proveedores autorizados.
- Tiene vigencia (típicamente 1 a 3 años).
- Es personal del representante legal o de la empresa.
Importante: La firma digital y la facturación electrónica son cosas distintas. La firma digital es el requisito para poder facturar electrónicamente. Es como tener la llave antes de poder abrir la puerta.
¿Qué pasa si no cumplo?
La Ley 32-23 establece sanciones para contribuyentes que no migren a facturación electrónica dentro del plazo establecido por la DGII. Las sanciones pueden incluir:
- Imposibilidad de emitir comprobantes fiscales válidos
- Sanciones tributarias según el Código Tributario (Ley 11-92)
¿Cuánto cuesta la firma digital?
El costo varía según el proveedor y la vigencia. En Formalizate.app, todos nuestros planes de constitución incluyen firma digital:
- Starter Pro (RD$27,900): Firma digital por 1 año incluida
- Essential 360 (RD$41,900): Firma digital incluida + registros laborales
- Unlimitech (RD$64,900): Firma digital incluida + dominio + correos + asesoría
Si ya tienes empresa constituida y solo necesitas la firma digital, contáctanos para opciones individuales.
Resumen
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Qué ley regula la facturación electrónica? | Ley 32-23 |
| ¿Cuándo es obligatoria? | Según calendario DGII. Próxima fecha: 15 mayo 2026 |
| ¿Qué necesito? | Firma digital + software de facturación |
| ¿Firma digital = facturación electrónica? | No. La firma digital es el requisito previo. |
| ¿Formalizate.app incluye firma digital? | Sí, en todos los planes de constitución. |
¿Necesitas tu firma digital para cumplir con la Ley 32-23? Escríbenos por WhatsApp y te ayudamos. Sin compromiso.
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